La tarde de este jueves, se reinstaló la audiencia de habeas corpus a favor de Jorge Glas. En esta audiencia, la jueza Heredia indicó que la orden de prisión preventiva contra Jorge Glas (detenido dentro de la embajada de México, el viernes 5 de abril, con un asilo diplomático), cumplió con todos los requisitos legales.
El Tribunal, conformado por los jueces Liz Barrera, Adrián Rojas y Mónica Heredia (ponente), declaró que se vulneró el derecho a la libertad personal de Jorge Glas, por ser una detención “ilegal” y “arbitraria”.
Frente a ello, el Tribunal señaló que correspondería ordenar “su inmediata libertad”, pero, al considerar que tiene otras órdenes de privación de libertad, en otros procesos penales, continuará en prisión.
La jueza Mónica Heredia indicó que el SNAI tiene la obligación de garantizar los derechos del exvicepresidente, mientras esté privado de su libertad. Y declaró que la sentencia es en sí misma una medida de reparación.
Sin embargo, mencionó que al realizar la detención, que se ejecutó con el ingreso de efectivos de la Policía a la embajada mexicana en Quito, no se contó con autorización para realizar un allanamiento del inmueble.
Además, mencionó que no se cumplió con lo que determina el artículo 482.4 del COIP, que determina que para realizar estas acciones se requiere de la autorización del Jefe de Misión. Por esto, la detención de Glas deviene en ilegal, en dimensión formal.
Además, la jueza rechazó el argumento de los accionados, con respecto a que el accionar estaba amparado en el estado de excepción, porque este régimen no constituye una excepción a la aplicación de las normas. E indicó que la detención también es arbitraria.