La nueva funcionalidad de llamadas mediante la aplicación para teléfonos inteligentes WhatsApp, que se lanzó hace unas semanas a escala mundial no puede ser restringida en Ecuador, según dijo el ministro de Telecomunicaciones, Augusto Espín.
El secretario de Estado señaló a través de un comunicado que los prestadores de servicios de Internet que operan en Ecuador (Movistar, Claro y CNT) «deben establecer sus planes tarifarios en total apego y sin contrariar las obligaciones contempladas en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOT)».
Estas precisiones las realizó frente a criterios de las operadoras móviles que ofrecen sus servicios en Ecuador de restricción de esta función en algunos planes, informó el Ministerio de Telecomunicaciones (Mintel).
La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel) se encuentra investigando si han existido incumplimientos a la LOT por parte de las operadoras móviles.
El ministro Espín subrayó que los prestadores del servicio móvil deben asegurar la «neutralidad de la red», es decir, la ausencia de barreras para el acceso a la información, para lo cual deben implementar acciones técnicas para garantizar la adecuada administración de las redes.
El artículo 24 de la LOT señala la obligación de las operadoras de “no limitar, bloquear, interferir, discriminar, entorpecer, priorizar ni restringir el derecho de sus usuarios o abonados a utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación, desarrollo o servicio legal, a través de Internet o en general de sus redes u otras tecnologías de la información y las comunicaciones”.
Además, que no se “podrá limitar el derecho de un usuario o abonado a incorporar o utilizar cualquier clase de instrumentos, dispositivos o aparatos en la red, siempre que sean legales, salvo las excepciones establecidas en la normativa vigente”.
Agencia de Noticias Andes