Sanción a Construye: Luego del recurso de aclaración, la sentencia podrá ser apelada hasta el martes

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El Movimiento Construye tiene plazo hasta el martes para apelar la sentencia a fin de que el Pleno del TCE ratifique, modifique o revoque la decisión del juez Ángel Torres. De lo que resuelva el Pleno, no cabe otro recurso.

El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Ángel Torres, dio por atendido el recurso de aclaración y ampliación interpuesto por el Movimiento Construye a la sentencia del 18 de abril de 2024, con la que resolvió sancionar a esta agrupación política con la cancelación del Registro de Organizaciones Políticas por no entregar un informe del ejercicio fiscal de 2022.

En su fallo de 16 páginas, notificado el 25 de abril de 2024 al representante legal de Construye, Raúl González, el juez del TCE, resolvió negar las certificaciones solicitadas por los denunciados por ser improcedentes. El Reglamento de Trámites del Tribunal prevé que el recurso de aclaración y ampliación debe ser atendido en dos días.

Construye presentó el escrito el sábado 20 de abril de 2024 a las 20h44 y reenviado el mismo día a las 20h48 a las direcciones electrónicas del juez; hasta ese momento, el presidente de la República, Daniel Noboa, ya había declarado asueto nacional el jueves 18 y viernes 19 de abril.

El juez notificó a Construye con su sentencia de cancelación del Registro de Organizaciones Políticas, el jueves 18 de abril, por tanto, los 3 días para presentar el pedido de ampliación y aclaración corrieron desde el lunes 22 al miércoles 24 de abril (los escritos solo se tramitan en días laborables).

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