En su cuenta de X, el presidente Daniel Noboa anunció: «Le decimos adiós a los sueldos dorados. Hemos puesto fin al derroche con un TOPE a las remuneraciones del sector público». Y compartió el Acuerdo Ministerial N° MDT-2024- 039, de la Cartera de Trabajo, que dispone la fijación de las remuneraciones mensuales unificadas de los servidores y trabajadores de las entidades del sector público.
En este acuerdo, la ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, señala que la remuneración mensual unificada de los servidores y trabajadores del sector público, que integran las instituciones del Estado, incluidas las entidades que conforman el régimen seccional autónomo y las Empresas Públicas (EP), en ningún caso y bajo ninguna circunstancia, podrá ser igual o superior a la remuneración mensual unificada del Presidente de la República (USD 5 072).
Eso se estable en la escala de remuneraciones mensuales unificadas comprendidas en el Nivel Jerárquico Superior, expedida por el Ministerio del Trabajo, que se detalla a continuación:
Grado 10. USD 5 072
Grado 9. 4 869
Grado 8. 4 463
Grado 7. 4 283
Grado 6. 3 854
Grado 5. 3 247
Grado 4. 2 597
Grado 3. 2 418
Grado 2. 2 368
Grado 1. 2 115